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Linde   
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Autor Mensaje
Antonio Ruiz



Registrado: 01 Feb 2012
Mensajes: 2

MensajePublicado: Mie 01 Feb 2012, 15:53    Asunto: Linde Responder citando

La parcela contigua a la mía tiene la pared de su casa en su parte de la medianería, pero al profundizar en la tierra hemos descubierto que los cimientos ocupan parte de mi parcela. ¿Qué puedo reclamar? Ya que evidentemente no le voy a cortar los cimientos que sobresalen?.
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fvidania



Registrado: 22 Mar 2007
Mensajes: 229

MensajePublicado: Mie 01 Feb 2012, 22:42    Asunto: Responder citando

pues la verdad.. ya son ganas de estar removiendo tierra para ver si se te ha metido..
si te interesa, tendrás que contratar un técnico que calcule cuanta superficie te ha ocupado, y que valore cuanto "perjuicio" te he hecho. Pero dudo que los informes técnicos y un posible litigio con abogado, te salga rentable, serán más los costos que lo que te va a pagar.

un saludo
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pepe2



Registrado: 25 May 2011
Mensajes: 42

MensajePublicado: Sab 04 Feb 2012, 03:55    Asunto: Re: Linde Responder citando

Antonio Ruiz escribió:
La parcela contigua a la mía tiene la pared de su casa en su parte de la medianería, pero al profundizar en la tierra hemos descubierto que los cimientos ocupan parte de mi parcela. ¿Qué puedo reclamar? Ya que evidentemente no le voy a cortar los cimientos que sobresalen?.
para empezar las paredes de las casas hay que separar 3 metros por lo menos aqui en galicia , y aunque no hubiera que separar siempre hay que dejar el linde libre a no ser que haya acuerdo escrito de los lindantes , si la contruccion es nueva tienes todas las de ganar. es ilegal pegar la construccion a la del vecino no obstante yo provaria a hablar con el propietario y que te compense con terreno o que te compre el agregado , tiene todas las de perder el que come el linde.
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Antonio Ruiz



Registrado: 01 Feb 2012
Mensajes: 2

MensajePublicado: Jue 09 Feb 2012, 15:21    Asunto: Responder citando

fvidania, escabé porque quería nivelar mi parcela y al estar la calle en cuesta, queda más baja. Lo tengo difícil por que el tío es un abogado y aunque ya he hablado con él, pasa de mi.
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robierzo



Registrado: 06 Nov 2006
Mensajes: 414
Ubicación: La Coruña

MensajePublicado: Jue 09 Feb 2012, 17:52    Asunto: Responder citando

Antonio, Garzón es juez y ha sido condenado. Y en cualquier juicio hay un abogado defensor y uno que demanda. Y uno de los dos pierde. Así que no te desanimes por eso. No tiene derecho a meterse con los cimientos en tu finca, luego eres tú quien tiene que valorar el perjuicio y el posible beneficio de un juicio. a pripori, tal como planteas las cosas y sin entrar en pormenores, tienes todo el derecho a reclamar.
1º.- Contactar con un abogado de confianza.
2º-. Éste te recomdará un informe técnico, además de otras pruebas como documentos y demás.
3º-. Solicita presupuesto para todo ello, tanto de abogado, como de peritaje. Aclara muy bien cuánto te supondrá de gastos un juicio.
4º-. Decide si emprendes o no acciones legales.
Suerte.
P.D.:Ah, y no olvides que incluso puedes sacar una buena tajada, pues eso de tener que tirar una casa por tener los cimientos en el predio ajeno, debe doler en el alma. Al final, si es un abogado inteligente intentará negociar contigo y todo.

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pfusterv
Moderador


Registrado: 11 Feb 2007
Mensajes: 2080

MensajePublicado: Jue 09 Feb 2012, 22:55    Asunto: Responder citando

Sin ánimo de polemizar sobre este asunto, os dejo una cosa curiosa de la Ley Andaluza

Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.
" artículo 49, apartado 3 escribió:
. El uso urbanístico del subsuelo se acomodará a las previsiones del Plan General, quedando en todo caso su aprovechamiento subordinado a las exigencias del interés público y de la implantación de instalaciones, equipamientos y servicios de todo tipo. La necesidad de preservar el patrimonio arqueológico soterrado, como elemento intrínseco al subsuelo, supondrá la delimitación de su contenido urbanístico, y condicionará la adquisición y materialización del aprovechamiento urbanístico atribuido al mismo por el instrumento de planeamiento.

Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo anterior, cuando el instrumento de planeamiento no precise el aprovechamiento atribuido al subsuelo, éste se presumirá público.


En Molina de Segura (Murcia), teneis esto:

http://www.derecho.com/l/borm/anuncio-suspension-contrato-enajenacion-parcela-subsuelo/

Lo que dice el Código Civil, para mayor tranquilidad de todos Wink

Código Civil, art. 350 del CC escribió:
, que establece:

“El propietario de un terreno es dueño de su superficie y de lo que está debajo de ella y puede hacer en él las obras, plantaciones y excavaciones que le convengan, salvas las servidumbres y con sujeción a lo dispuesto en la Ley sobre Minas y en los Reglamentos de Policía”.


Y un artículo muy interesante sobre el asunto:

http://elconsultor.laley.es/Co.....TUAAAA=WKE

Volviendo al tema, no creo que le hagan tirar la vivienda por este asunto y veo difícil la compensación económica y si la hubiera ¿cuanto vale el subsuelo ocupado? o mejor dicho ¿que perjuicios te causan los cimientos del muro? ¿se pueden cuantificar?, en fin, tu mismo, aseguraté antes de lo que te puede costar el asunto.

En cuanto a lo de separar las viviendas que comenta pepe2, esto es cierto en algunos casos y en otros no, depende de la tipología urbanística de la parcela. En este caso habría que comprobar que dice la normativa municipal y si en verdad no se ha retranqueado lo que debe si puede haber sanción gorda, pero si está conforme a lo que dice la normativa (construcción en medianerías) no habría sanción por ello, quedando tan solo la ocupación del subsuelo que como digo no será de mucho valor y no creo que sea de mucha invasión.
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