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pueblo
Registrado: 30 Sep 2007 Mensajes: 1
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Publicado: Dom 30 Sep 2007, 22:42 Asunto: [Catastro]errores múltiples |
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No se si este es el foro adecuado
Os presento un caso
Mi padre tiene un terreno y lleva desde hace muchos años pagando contribución urbana, y ahora resulta que le dicen que la parcela por la que paga la contribución urbana es la contigua y que la suya continúa siendo rústica.
(El problema es grande acaba de construir en su verdadero terreno, presentando la contribución urbana)
Al comprobarlo en planos, nos damos cuenta que le están situando la parcela urbana en parte de una parcela más grande que pertenece a otro propietario y este a su vez está pagando el resto de la suya y parte de la de otro propietario.
En definitiva, que no coinciden los planos catastrales con las distintas escrituras y que a mi padre le han duplicado su finca: es como si tuviese dos una rústica y otra urbana, cuando realmente sólo tiene una y siempre le han hecho pagar como urbana.
Repito ha construido y ahora que problema se le puede plantear???. Es como si hubiera construido en una finca rústica
¿Me ofreceis alguna solución a este embrollo?????? |
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Gregor.Samsa Moderador
Registrado: 14 Feb 2007 Mensajes: 4168 Ubicación: Lejos de Madrid (Ing.Téc.Topografía.1993, colegiado)
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Publicado: Lun 01 Oct 2007, 08:05 Asunto: |
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Bueno, si que tienes un pequeño jaleo.
Lo primero que debes hacer es identificar bien el problema de las parcelas y después, según lo que surja estudiar la mejor forma de resolverlo.
En principio te aconsejaría encargases el trabajo de levantamiento e identificación a un técnico competente o mejor a un Ingeniero Técnico en Topografía que, llegado el caso, podría actualizar los datos de Catastro con más agilidad debido al convenio que tenemos con dicho organismo.
Del levantamiento e identificación se debe aclarar en que parcela has edificado pero aunque el Catastro es la referencia legal en cuanto a superficies no lo es en cuanto a la calificación del suelo, ahí la potestad es del Ayuntamiento por eso el trabajo de identificación debe incluir una solicitud de información al ayuntamiento, de la forma más discreta posible para evitar "levantar la liebre" y aclarar si has edificado en suelo rústico o urbano que ahí es donde podrías tener complicaciones, no con el Catastro que con el adecuado procedimiento puedes rectificar sus datos erróneos.
si hubieras edificado en terreno rústico habría que consultar con un abogado y con el Ayuntamiento si prevees buena voluntad al respecto. Quizá el abogado te recomiende no iniciar ninguna acción para evitar delatar el error cometido o bien solicitar al Ayuntamiento la recalificación del suelo, si fuera posible.
En cualquier caso convendría corregir los datos Catastrales a los verdaderos dado que desde hace poco deben constar como únicos válidos los datos de Catastro, en cuanto a superficie, en escrituras y registro de la propiedad. _________________ (c) EntomoLogic, Inc.
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rafuli
Registrado: 30 Sep 2007 Mensajes: 16
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Publicado: Lun 01 Oct 2007, 10:36 Asunto: ctastro,notarios, registro,etc |
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| Gregor.Samsa escribió: | | En cualquier caso convendría corregir los datos Catastrales a los verdaderos dado que desde hace poco deben constar como únicos válidos los datos de Catastro, en cuanto a superficie, en escrituras y registro de la propiedad. |
sabemos de casos en que el notario o el registrador se haya guiado por la superficie catastral, incluso si la sperficie que ofrece el catastro supera en un 20% a la de las escrituras y el registro? han recibido los notarios y los registradores alguna orden ministerial para que se tengan que guiar por las superficies del catastro? pq yo tengo entendido que no es así.
saludos. |
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txus Moderador
Registrado: 30 Jun 2004 Mensajes: 3536 Ubicación: Andalucía - España
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Publicado: Lun 01 Oct 2007, 10:39 Asunto: Re: ctastro,notarios, registro,etc |
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| rafuli escribió: | | ....han recibido los notarios y los registradores alguna orden ministerial para que se tengan que guiar por las superficies del catastro? |
Sí.....
http://www.cartesia.org/foro/viewtopic.php?p=34225#34225 |
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rafuli
Registrado: 30 Sep 2007 Mensajes: 16
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Publicado: Lun 01 Oct 2007, 16:42 Asunto: |
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me alegro haber podido leer el texto del registrador pq pone de manifiesto que el tema es bastante complicado. en primer lugar esa orden solo afecta a los notarios y no a los registradores. de nada sirve que el notario modifique una escritura de acuerdo a una certificacion catastral si el registrador, que es totalmente independiente al notario, pasa de aceptarla y no la inscribe. se de trabajos que han hecho notarios y los registrador no los han aceptado. partiendo entonces de la base de que el registrador es independiente del notario, y de que si no se inscribe la escritura en el registro es como si...es importante saber lo que opinan los registradores y por lo que se ve, y yo estoy en parte de acuerdo, ellos no van ha aceptar esas modificaciones solo pq en el catastro venga así y el notario lo modifique. todos sabemos como esta hecho el catastro y hasta donde podemos llegar con el. si la certificacion catastral no se acompaña de un trabajo topografico que lo corrobore, o mejor aun que la certificacion catastral haya sido actualizada en base a un levantamiento topografico, con supervision de propietarios colindantes, etc,etc,etc creo que no es prudente aceptarla sin más y, como los registradores saben lo que hay, pues veo complicado que esta medida se empiece a tomar. de todas formas si que creo que se deberían de unificar criterios entre catastro,registro y notarios, y que los unicos que pueden llegar a ofrecer una base cartografica buena es el catastro, pero hay que ir modificandola y eso cuesta mucho tiempo y dinero e incluso buena predisposicion por parte del propio catastro que son los primeros que son reticentes a la hora de modificar nada.
saludos. |
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Buxo
Registrado: 07 Jul 2007 Mensajes: 202
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Publicado: Vie 12 Oct 2007, 14:57 Asunto: |
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Retomando un poco el asunto abierto...
Si se ha construido en una superficie rústica lo mejor que se puede hacer es esperar a no tener ninguna denuncia por parte de algún vecino. En principio, los Ayuntamientos, si no hay denuncia de algún organismo o vecino, no suelen denunciar ninguna obra ilegal aún siendo conocedores, extraoficialmente, de su existencia. Aunque su obligación sería tomar cartas en el asunto. En lo que respecta a licencias o regularizar la situación... yo, no conozco ninguna solución.
En el caso de estar en una finca o solar donde se pueda construir. Podrías ponerte en contacto con un Arquitecto para que haga un expediente de legalización (normalmente no quieren hacerlos porque es mucha responsabilidad sobre una obra de la que no existe ningún tipo de seguimiento ni proyecto previos) Desde todas las perspectivas es un tema bastante complicado.
En lo que respecta a Catastro, no te preocupes en que se enteren o no de la existencia de la construcción, con tal de poder pasaros el recibo por ella no os van a pedir ninguna explicación más. Conozco múltiples casos en los que Catastro recauda sus impuestos sobre obras en situaciones iguales a la vuestra. Por lo que a la hora de enviar el plano a catastro que no te importe que lleve la casa, o lo que sea, dibujada... total, en la próxima revisión catastral de tu zona se van a enterar y pasará un técnico a comprobar la construcción y comenzarán a pasaros el recibito...
...y ahora dando un quiebro al tema...
Gregor... una duda, has comprobado que es más ágil el trámite de un plano hecho por un ITT que de cualquier otro técnico sin convenio en su colegio con Catastro? o te lo han contado... En las bases del convenio que he leido no pone nada a ese respecto. De lo poco que conozco del funcionamiento de Catastro me suena un poco raro. Si me hablas de un tipo de plano u otro ahí si que podría ser que fuese más o menos ágil el trámite pero de un técnico a otro con el mismo tipo de plano... lo dudo. Te aseguro que por mucho convenio y por mucho visado que lleve el plano el colegio nunca sabrá la precisión en la georreferenciación ni la calidad del trabajo, y menos Catastro, por lo que cada expediente habrá de estudiarse con el mismo cuidado (desde el punto de vista del técnico de Catastro) De todos modos está bien que defiendas la profesión. Pero lo que si que no me parece tan bien es que se den por ciertas muchas cosas que en realidad, a mi juicio, no lo son. Si tienes alguna información al respecto que desconozca agradecería que la compartieses. De todos modos, el convenio es un tema que poco a poco irá entrando en el resto de casi todos los colegios profesionales vinculados a Catastro de algún u otro modo, no lo dudes y ojalá sean imprescindibles los requisitos fijados a la hora de entregar un plano, pero para todo el mundo! Así se solucionarían muchos de los problemas que existen hoy en día de competencia desleal, no visar planos, chapucismo profesional, etc...
Un saldote y cuidense mucho compañer@s! |
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Gregor.Samsa Moderador
Registrado: 14 Feb 2007 Mensajes: 4168 Ubicación: Lejos de Madrid (Ing.Téc.Topografía.1993, colegiado)
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Publicado: Lun 15 Oct 2007, 09:00 Asunto: |
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| Buxo escribió: | | Gregor... una duda, has comprobado que es más ágil el trámite de un plano hecho por un ITT que de cualquier otro técnico sin convenio en su colegio con Catastro? o te lo han contado... En las bases del convenio que he leido no pone nada a ese respecto. De lo poco que conozco del funcionamiento de Catastro me suena un poco raro. | No me dedico a temas catastrales pero en las reuniones informativas de nuestro Colegio es de lo que nos han informado oficialmente. Yo también comparto las dudas respecto a la agilidad de cualquier administración (especialmente del Catastro) y no dudo que la primera acción del funcionario de turno con cualquier trabajo entregado (incluso uno estupendísimo de los nuestros con todos los parabienes del Convenio) será echarlo al montón, pero parece ser que se podrá exigir al Técnico Catastral que se atenga al Convenio y lo agilice. Lógicamente dependerá de las Gerencias el irse dando por enteradas poco a poco...
| Buxo escribió: | | De todos modos está bien que defiendas la profesión. Pero lo que si que no me parece tan bien es que se den por ciertas muchas cosas que en realidad, a mi juicio, no lo son. Si tienes alguna información al respecto que desconozca agradecería que la compartieses. | Pues eso te he dicho, dentro de lo que por motivos profesionales se puede transmitir como de información pública
| Buxo escribió: | De todos modos, el convenio es un tema que poco a poco irá entrando en el resto de casi todos los colegios profesionales vinculados a Catastro de algún u otro modo, no lo dudes y ojalá sean imprescindibles los requisitos fijados a la hora de entregar un plano, pero para todo el mundo! Así se solucionarían muchos de los problemas que existen hoy en día de competencia desleal, no visar planos, chapucismo profesional, etc... | Sí, los restantes colegios técnicos (y no técnicos como los gestores administrativos) tendrán sus convenios y espero que en la misma línea técnica y profesional que el nuestro. Sólo falta que el Catastro empiece a exigir "calidad" para los trabajos recibidos y para sus procesos y datos internos, aunque para eso quedan decenios... _________________ (c) EntomoLogic, Inc.
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charro
Registrado: 10 Jul 2007 Mensajes: 242 Ubicación: alacant no es tan important. ;p
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Publicado: Mar 16 Oct 2007, 09:21 Asunto: |
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Hola buenas, al hilo de las “fabulosas” historias que se cuentan por ahí de catastro me gustaría contaros un caso –no muy bien explicado, porque no me entere muy bien de cómo fue exactamente y por brevedad– pero que me gustaría que si alguien sabe mas del tema me comentara algo o simplemente me dijese “pues si” o “pues no”.
El caso es que a un familiar mío que adquirió un terreno a la hora de formalizarlo en catastro, en la misma oficina de catastro le preguntaron cual seria la linde correcta ya que ellos no la tenían registrada o catalogada o algo así… para variar.
Entones esta persona a modo de croquis, intuitivo, vamos, simplemente para orientar un poco al funcionario o técnico, o lo que fuera no para darla por valida la pinto a BOLIGRAFO encima de un plano catastral de la zona.
Cual fue su sorpresa que ESO fue lo que después registro el tío en catastro, y claro ahí pudo salir cualquier cosa… y salió que, legalmente ahora tenía menos metros de los que había comprado, (podría haber salido mas metros, si, y al principio que alegría, pero luego seguro, lógico, gresca con el colindante).
Al final se reclamo y se arregló.
Lo que quería preguntar: ¿Los de catastro pueden hacer semejante (a mi entender) CHAPUZA?
¿Que es lo próximo? ¿Un plano parcelario haciendo un croquis a lápiz en una servilleta de papel? ¿He entendido mal y esto realmente no lo pueden haber hecho?
Gracias |
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Gregor.Samsa Moderador
Registrado: 14 Feb 2007 Mensajes: 4168 Ubicación: Lejos de Madrid (Ing.Téc.Topografía.1993, colegiado)
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Publicado: Mar 16 Oct 2007, 14:33 Asunto: |
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| charro escribió: | | Lo que quería preguntar: ¿Los de catastro pueden hacer semejante (a mi entender) CHAPUZA? | SÍ, PUEDEN HACERLO CON TOTAL VALIDEZ, DE HECHO ES LO "NORMAL"
| charro escribió: | | ¿Que es lo próximo? ¿Un plano parcelario haciendo un croquis a lápiz en una servilleta de papel? ¿He entendido mal y esto realmente no lo pueden haber hecho? | TAMBIÉN VALDRÍA
Es posible que con el tiempo, los convenios y mucha paciencia/presión se consiga que Catastro solo acepte planos de verdad y, con más tiempo, solo ne UTM _________________ (c) EntomoLogic, Inc.
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AGA6
Registrado: 27 Sep 2007 Mensajes: 132
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Publicado: Mar 16 Oct 2007, 16:02 Asunto: |
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Recuerda que la obligación de informar la tiene el TITULAR.
REAL DECRETO LEGISLATIVO 1/2004, DE 5 DE MARZO, POR EL QUE SE APRUEBA EL
TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DEL CATASTRO INMOBILIARIO.
(B.O.E. de 8 de marzo de 2004)LEGISLACIÓN GENERAL.
http://www.catastro.meh.es/esp/normativa1.asp#menu1_2
Capítulo II. Titular catastral.
Artículo 9. Titulares catastrales y representación.1
Artículo 10. Derechos y deberes.
1. [Epígrafe 1.1] Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario abre en nueva ventana
Artículo 10. Derechos y deberes.33
1. En sus relaciones con el Catastro Inmobiliario, los titulares catastrales ostentan los
derechos reconocidos en el artículo 34 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General
Tributaria, con las especialidades previstas en esta ley.34
33 ORIGEN del artículo: art. 3.4 Ley 48/2002, de 23 de diciembre, del Catastro Inmobiliario, objeto de refundición.
La obligación de los titulares catastrales de colaborar con el Catastro Inmobiliario venía recogida en el artículo 77.2
de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en la redacción anterior a la Ley
51/2002, de 27 de diciembre de 2002, de reforma de la misma, que señalaba lo siguiente:
“2. Los sujetos pasivos estarán obligados a presentar declaraciones de alta, baja o variación, por las
alteraciones de orden físico, económico o jurídico concernientes a los bienes inmuebles que tengan
trascendencia a efectos de este Impuesto. Dichas declaraciones se formalizarán en las condiciones, plazos y
modelos que establezca el Ministerio de Economía y Hacienda.
La falta de presentación de las declaraciones a que se refiere el párrafo anterior, o el no efectuarlas dentro de
los plazos aludidos en el mismo, constituirá infracción tributaria simple.”
Con respecto a las obligaciones formales de los sujetos pasivos del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, véase el
artículo 76.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (epígrafe 8.1.1).
34 Entre los derechos reconocidos en el apartado 1 del mencionado artículo podemos mencionar los siguientes:
“1. Constituyen derechos de los obligados tributarios, entre otros, los siguientes:
a) Derecho a ser informado y asistido por la Administración tributaria sobre el ejercicio de sus derechos y
el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
Pág. 15 de 53 § 1.1
2. Los titulares catastrales tienen el deber de colaborar con el Catastro Inmobiliario,
suministrándole cuantos datos, informes o antecedentes resulten precisos para su gestión,
bien sea con carácter general, bien a requerimiento de los órganos competentes de aquél
conforme a lo reglamentariamente establecido. La presunción establecida en el artículo 3 no
aprovechará al titular catastral que incumpla dicha obligación. |
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Buxo
Registrado: 07 Jul 2007 Mensajes: 202
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Publicado: Mie 17 Oct 2007, 12:06 Asunto: |
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| Gregor.Samsa escribió: | | Sí, los restantes colegios técnicos (y no técnicos como los gestores administrativos) tendrán sus convenios y espero que en la misma línea técnica y profesional que el nuestro. Sólo falta que el Catastro empiece a exigir "calidad" para los trabajos recibidos y para sus procesos y datos internos |
OOOOjalá!!!
| Gregor.Samsa escribió: | | aunque para eso quedan decenios... |
Gregor, muchas gracias, da gusto discutir contigo! Pensé que me ibas a poner a caldo! Veo que captas bien los fondos de las preguntas y las intenciones con las que se hacen. Chapó!
Un saludote! |
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