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¿Rectificar declaración de obra nueva?   
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ourense



Registrado: 02 Jul 2012
Mensajes: 6

MensajePublicado: Mar 03 Jul 2012, 11:50    Asunto: ¿Rectificar declaración de obra nueva? Responder citando

Hola, en primer lugar decir que soy nuevo en el foro. Me gustaría exponeros un caso que me han consultado:

Se trata de una Declaración de obra nueva en la que se adjuntó certificado de antiguedad emitido por un perito. En dicho certificado se indicaba que la casa fue terminada en 1996 (en base a un certificado del ayuntamiento) y se decribió como "una casa de planta baja que ocupa 180 m2", (cierto ya que ocupa 15x12m), sin más, sin describir en detalle de que estaba compuesta y sus superficies construidas. En la notaría, al redactar la DON se describió como una casa de planta baja de 180 m2 construidos.

Indicar que antes de realizar la DON por un error catastral en la parcela no figuraba ninguna construcción ya que la ubicaban en la finca de otro vecino del pueblo (los propietarios pagaban el IBI, ya que igualmente estaba a nombre de sus correctos dueños). Después de la DON y de registrar la casa se rectificó el error en catastro, que sin problema emplazaron en la finca la casa compuesta de semisótano (a almacén) de 171 m2, planta baja (a vivienda) de 164 m2 y bajo cubierta (a almacén) de 96 m2, datos que en realidad son correctos. Año de la construcción 1995.

Ahí está el problema: en la don y en el certificado de antiguedad no se describió en detalle la casa y ahora hay una gran diferencia entre superficie registral (180 m2) y la catastral (431 m2, que digamos es la real, y que nadie se percató de ello: Ni perito, ni notaría ni los propios dueños), por lo que supongo que va haber problemas para correr la inscripción el día de mañana, cuando alguien herede la casa.

Finalmente mi pregunta es: ¿Se puede rectificar la escritura de DON y así corregir la superficie registrada? ¿O como se corregiría entonces este error? Los dueños aún viven, que conste.
Y ahora otra pregunta, por curiosidad de modo general: ¿Pueden rectificar una escritura uno de los cónyuges y sus herederos o sus herederos, en el caso de que uno o los dos cónyuges, respectivamente, fallecieran?
Supongo que al tratarse de un error en la descripción, o más bien una omisión, ya que los datos aportados si que son correctos, se debería poder subsanar el error, ya que la construcción siempre estuvo ahí, no es que se fuese ampliando de mala manera.
Haber que os parece y que soluciones proponeis. Un saludo!!!!
P.D:Perdón si me he liado mucho y gracias Confused
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pfusterv
Moderador


Registrado: 11 Feb 2007
Mensajes: 2067

MensajePublicado: Mie 18 Jul 2012, 20:52    Asunto: Responder citando

Cualquier error que se detecte debe ser rectificado, con el tiempo se agradecerá. Idea
_________________
Valorad vuestro trabajo.
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ninotop



Registrado: 08 Jun 2007
Mensajes: 581

MensajePublicado: Jue 19 Jul 2012, 17:06    Asunto: Responder citando

Yo creo que no sería necesaria la modificación de la DON sino más bien la realización de un acta de notoriedad en el cual se subsanen las discrepancias de la escritura y posteriormente, con este acta de notoriedad, del registro.
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ourense



Registrado: 02 Jul 2012
Mensajes: 6

MensajePublicado: Dom 22 Jul 2012, 19:32    Asunto: Responder citando

Gracias por vuestros comentarios. Con respecto al de ninotop, cuando comentas que no sería necesarío modificar la DON quiere decir que se se podería hacer, aportando por ej. certificación catastral? Lo comento porque creo que saldría bastante más económico que realizar un acta de notoriedad, ya que creo que tributa a un 7% (si no lo aumentan tal y como andamos) supongo que del valor de la construcción, en la liquidación del documento. Mientras que en la modificación de la DON supongo que como mucho sería como una liquidación normal de este tipo de documento, es decir un 1%.
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