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Svilengrado
Registrado: 08 May 2005 Mensajes: 83
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Publicado: Vie 29 Oct 2010, 23:38 Asunto: |
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| azt55 escribió: | Buenas noches,he estado leyendo los foros sobre trabajadores autonomonos, y seguro que mas de dos de vosotros os habais encontrado en la situacion que me encuentro yo actualmente, estaba trabajando en una empresa fijo, me hice automono , llevo varios años de autonomo, trabajando para particulares,empresas y para todas las personas que necesita labores de un ITT ,mi situacion actual a cambiado me van a dar de alta en una empresa, CLARO, que pasa que yo tengo compromisos con clientes fijo y tengo que seguir trabajando por mi cuenta, lo que pasa es que mi facturacion con ellos es menor, pero quisiera saber como podria segui trabajando algun fin de semana, facturando a mis clientes sin tener que estar pagando los gastos de la Seg Social. Me han comentado que una de las soluciones es darme de alta el ultimo trimestre de cada año y facturarlo todo este trimestre, la verdad es que seguro que mi caso esta muy generalizado entre compañeros que hacen cositas sueltas a demas de sus trabajos.
Muchas gracias por vuestro tiempo |
Es perfectamente compatible trabajar por cuenta ajena y por cuenta propia. Cotizarás en el régimen general y en el régimen de autónomos respectivamente, con la ventaja de poder recibir prestaciones de los dos regímenes.
Si realizas una actividad te tienes que dar de Alta antes de realizar la prestación del servicio siguiendo los pasos que expliqué y dando cuenta del IVA del trimestre que te toque (Mod 303) y el IVA Anual (Mod 390) . Así que lo suyo es que cotizes el mes en el que realices el trabajo del fin de semana, y luego te des de Baja hasta que te vuelva a surgir. Además en tu caso que obtienes ingresos con tu trabajo de cuenta ajena con más razón aún. |
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fvidania
Registrado: 22 Mar 2007 Mensajes: 227
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Publicado: Mie 07 Mar 2012, 11:21 Asunto: |
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mi duda es revisando los papeles que me hizo una gestora es que me he dado cuenta de que se ha equivocado en el epigafre de autónomo, no es el 23. llamo a Hacienda para informar del error? o que hago?
Si llego a leer este foro antes, lo hago yo solito todo. |
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tomas.fsevilla Administrador del Foro
Registrado: 28 Mar 2004 Mensajes: 2958
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Publicado: Mie 07 Mar 2012, 11:55 Asunto: |
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| ¿Cuál piensas que es el epígrafe correcto y por qué ese no es correcto cuando indica Ingenieros Técnicos en Topografía? |
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fvidania
Registrado: 22 Mar 2007 Mensajes: 227
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Publicado: Mie 07 Mar 2012, 12:12 Asunto: |
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| Nada me he equivocado, estaba leyendo otra cosa, lo siento por rescatar este post. |
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pfusterv Moderador
Registrado: 11 Feb 2007 Mensajes: 2063
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Publicado: Mie 07 Mar 2012, 15:19 Asunto: |
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| De todas formas el epígrafe da un poco igual siempre que esté relacionado con lo que haces, no es estricto que seas ITT y tengas ese epígrafe pues hay otros donde también encajarías en caso de no existir el de ITT.... ¿me explico?. |
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JoanVal
Registrado: 21 Abr 2009 Mensajes: 187 Ubicación: Valencia
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Publicado: Mie 11 Abr 2012, 20:15 Asunto: |
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Hola
Buen aporte, pero ahora que me estoy metiendo en el tema de informarme de todos los trámites y papeleos para hacerme autónomo, me surgen varias dudas.
La primera es comentar si vosotros (autónomos) teneis libro de visitas (electrónico, o no).
Lo comento por que creo que en este post no se indica nada de eso, y yo lo he leido por ahí(http://www.crear-empresas.com/dudas/visitas.htm) |
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tomas.fsevilla Administrador del Foro
Registrado: 28 Mar 2004 Mensajes: 2958
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Publicado: Jue 12 Abr 2012, 09:01 Asunto: |
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El libro de visitas, si es obligatorio, es un requisito fácil de cumplir, sólo hay que tener un ordenador y un lector de tarjetas de certificados
| Cita: | | Las empresas y los trabajadores autónomos, aun cuando no tengan trabajadores por cuenta ajena, están obligados a tener en cada centro de trabajo, y a disposición de los funcionarios de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, un Libro de Visitas, donde estos, con ocasión de cada visita a los centros de trabajo, extenderán diligencia sobre sus actuaciones. |
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pfusterv Moderador
Registrado: 11 Feb 2007 Mensajes: 2063
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Publicado: Jue 12 Abr 2012, 09:09 Asunto: |
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¿Que es un lector de targetas de certificados? ¿es el mismo que el del DNI electrónico?.
Otra pregunta: ¿Hay que tener algçun libro Excel o word al efecto?, si es así ¿teneis alguno tipo para compartir aquí o algún enlace para bajarlo?.
Yo conozco el libro el papel (pero no se si será lo mismo). _________________ Valorad vuestro trabajo. |
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tomas.fsevilla Administrador del Foro
Registrado: 28 Mar 2004 Mensajes: 2958
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JoanVal
Registrado: 21 Abr 2009 Mensajes: 187 Ubicación: Valencia
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Publicado: Jue 12 Abr 2012, 10:18 Asunto: |
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Otra duda, esta vez a la hora de facturar:
Tu haces un trabajo y cobras 'x' honorarios + IVA
Si por ejemplo visas el trabajo, ¿de los gastos de visado también tienes que pagar el IVA?
Sería ('x'+ visado) + el IVA de todo
o sería 'x' + IVA y aparte el visado.
(No se si me he explicado bien) |
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tomas.fsevilla Administrador del Foro
Registrado: 28 Mar 2004 Mensajes: 2958
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Publicado: Jue 12 Abr 2012, 10:21 Asunto: |
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Sería ('x'+ visado) + el IVA de todo
Lo normal es que repercutas el gasto del visado como un coste más de tu proyecto. |
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pfusterv Moderador
Registrado: 11 Feb 2007 Mensajes: 2063
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Publicado: Jue 12 Abr 2012, 10:39 Asunto: |
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Y te olvidas del IRPF que también tienes que meterlo en tu factura de AUTONOMO.
En cuanto al IRPF lo mejor es poner el 15% en cada factura y así te evitas tener que hacer el modelo de IRPF trimestral por lo que solo tienes que declarar el IVA y tus gastos para deducir IVA. _________________ Valorad vuestro trabajo. |
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JoanVal
Registrado: 21 Abr 2009 Mensajes: 187 Ubicación: Valencia
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Publicado: Jue 12 Abr 2012, 11:09 Asunto: |
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| pfusterv escribió: | Y te olvidas del IRPF que también tienes que meterlo en tu factura de AUTONOMO.
En cuanto al IRPF lo mejor es poner el 15% en cada factura y así te evitas tener que hacer el modelo de IRPF trimestral por lo que solo tienes que declarar el IVA y tus gastos para deducir IVA. |
Tengo entendido que el IRPF se pone si facturas a empresas, pero si facturas a personas físicas no tienes que inluirlo y luego si tienes que hacer el modelo de IRPF (siempre que sea ña facturación de más de un 30% a particulares) |
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pfusterv Moderador
Registrado: 11 Feb 2007 Mensajes: 2063
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Publicado: Jue 12 Abr 2012, 11:24 Asunto: |
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| JoanVal escribió: |
Tengo entendido que el IRPF se pone si facturas a empresas, pero si facturas a personas físicas no tienes que inluirlo y luego si tienes que hacer el modelo de IRPF (siempre que sea la facturación de más de un 30% a particulares) |
Efectivamente solo se pone a empresas, olvidé decirlo, a particulares no.
Lo del 30% a particulares no lo sabía ¿estas seguro? _________________ Valorad vuestro trabajo. |
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txus Moderador
Registrado: 30 Jun 2004 Mensajes: 3536 Ubicación: Andalucía - España
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Publicado: Jue 12 Abr 2012, 16:10 Asunto: |
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| tomas.fsevilla escribió: | Sería ('x'+ visado) + el IVA de todo
Lo normal es que repercutas el gasto del visado como un coste más de tu proyecto. |
El visado entiendo que es una tasa y por tanto no repercute IVA |
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