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yogarpo
Registrado: 28 Ago 2005 Mensajes: 103
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Publicado: Mie 16 Ago 2006, 08:16 Asunto: medicion parcela discrepancia con catastro |
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hola, tengo un amigo que tiene problemas con un terreno, quiere que se lo mida porque el catastro dice que mide una cosa y el dice que otra. El asunto es el de siempre, no estoy colegiada pero estoy titulada, para un trabajo así necesito estar colegiada o no hace falta
En el tema de colegiados he estado leyendo algo, pero era el tema de facturación, yo en este caso no voy a cobrar nada, es un favor que hago. |
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topoedu Moderador
Registrado: 18 Sep 2005 Mensajes: 1595 Ubicación: www.topoedu.es Ingeniero Civil (Colegiado), TSDPUOT, Ing. informática (estudiando)
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Publicado: Mie 16 Ago 2006, 08:54 Asunto: |
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En absoluto. Lo que manda es la escritura. El Catastro y el Registro de la Propiedad no van de la mano.
Por tanto tu medición no es necesaria que esté firmada al no ser que tu amigo quiera realizar un Exceso de Cavidad, un 905...por lo que el levantamiento tedría que ir a un abogado que junto con el informe que genere tu amigo o el abogado o tú asará a manos de un juez (juicio).
Yo no soy Colegiado y he realizado una medición recientemente para lo mismo. En este caso hay que firmar la medición porque vamos a juicio (abogados, informes...). Si no fuese así no sería necesario firmar ya que sería meramente informativo (para sbaer la superficie real).
Salu2!! _________________ También te recomiendo el mejor programa de topografía profesional "low cost".
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tomas.fsevilla Administrador del Foro
Registrado: 28 Mar 2004 Mensajes: 2958
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Publicado: Mie 16 Ago 2006, 10:59 Asunto: |
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| Para ir a juicio con un informe topográfico no es necesario que esté visado. Supongo que el hecho de que esté visado aporta mayor credibilidad al informe, pero he visto informes en juicios que no estaban visados. |
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Jocapel
Registrado: 24 May 2006 Mensajes: 8
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Publicado: Mie 16 Ago 2006, 12:54 Asunto: |
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| Respecto a lo que dice topoedu, yo tenia entendido que lo que mandaba era el registro de la propiedad, no la escritura. Ya que en un caso parecido que me paso personalmente el abogado se baso en la superficie que daba el registro de la propiedad. |
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txus Moderador
Registrado: 30 Jun 2004 Mensajes: 3536 Ubicación: Andalucía - España
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Publicado: Mie 16 Ago 2006, 13:59 Asunto: |
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Efectivamente, el registro de la propiedad tiene la última palabra, en tanto es la entidad que salvaguarda jurídicamente los diferentes derechos.
Pero, hoy día, el Catastro está tomando máss importancia debido a la calidad métrica de su cartografía. Por ello Registro y Catastro comparten información registral y catastral, a partir de la referencia catastral, que actualmente se están incorporando en las inscripciones registrales.
Por tanto, cuando se pretende modificar alguna inscripción registral normalmente el registrador tiene muy en cuenta el catastro.
Respecto a lo firmar el trabajo, siempre es conveniente que esté visado, porque esto sólo significa que el firmante tiene la cualificación técnica adecuada para realizar el mismo. |
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topoedu Moderador
Registrado: 18 Sep 2005 Mensajes: 1595 Ubicación: www.topoedu.es Ingeniero Civil (Colegiado), TSDPUOT, Ing. informática (estudiando)
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Publicado: Mie 16 Ago 2006, 14:16 Asunto: |
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| Jocapel escribió: | | ...yo tenia entendido que lo que mandaba era el registro de la propiedad, no la escritura... |
El registro de la propiedad se nutre con la escritura. Es decir, se ha realizado con lo que pone en la escritura.
Cuando se segrega una parcela, de otra principal, el propietario ha de hacerla constar en el Registro de la Propiedad. En éste se indican los metros de parcela, la parcela de la que es segragada, los metros que tiene, linderos...sacado todo de la escritura.
Si tienes una parcela en cuya escritura figuran 1000m2 y en catastro pone más metros (1100m2), o menos (800m2), y tu mides y pone otra cosa totalmente distinta (1500m2) lo que manda es la escritura (Es tu, llamemoslo, recibo de "compra").
En este caso si tu crees que te pertenece el terreno, porque has hecho uso del mismo durante mucho tiempo, porque has estado pagando el ibi del mismo o cualquier otra causa que justifique, en alguna medida, tu opinión, puedes entonces iniciar algunos procedimiento de los que existen; Exceso de Cavidad, Uso y Capion, un 905...dependiendo del tipo de terreno de que se trate; rural, urbano...
En este caso el interesado ha de generar un informe con todos los datos posibles; un levantamiento firmado (así el firmate podrá declarar en el juicio que la finca mide lo que adjunta en el plano generado), declaraciones de vecinos, recibos de ibi, ortofotos antiguas (por si aparecen muros delimitadores....), cuantos más datos mejor. Estos datos, junto con un buen abogado, especializado en este tipo de juicios, sirven para iniciar el proceso de apropiación de los metros que tu crees te pertenecen.
Salu2!! _________________ También te recomiendo el mejor programa de topografía profesional "low cost".
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txus Moderador
Registrado: 30 Jun 2004 Mensajes: 3536 Ubicación: Andalucía - España
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Antoniogupi1
Registrado: 15 Dic 2006 Mensajes: 8
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Publicado: Vie 15 Dic 2006, 13:22 Asunto: |
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PErdonad que lo diga asi pero es que me entra la risa cuando decis que el catastro esta hecho milimetricamente. Porque en mi caso gracias al catastro estoy en juicio ya que las casas en vez de estar bien dibujadas y encuadradas en la realidad estan desviadas casi 45º respecto realidad y por tanto el camino que era de entrada para las dos casas que estan adosadas ahora el 95% segun catastro pertenece a la otra persona.
La pregunta que quiero hacerles es si tienen experiencias en juicios y si el juez tiene en cuenta el catastro para delimitar ese camino ya que segun las escrituras los dos tenemos nuestro camino pero como no dice nada del tamaño si cerramos segun catasro y lo tiene en cuenta me quedo casi sin entrada 1m de anchura ademas para colmo los de carretera no dejan ensanchar la entrada. |
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dino
Registrado: 01 Dic 2006 Mensajes: 27
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Publicado: Vie 15 Dic 2006, 14:33 Asunto: |
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Hola, Antoniogupi1
Te comento:
Se admite hasta una diferencia entre la escritura y el catastro de alrededor del 10% de la superficie.
Lo que realmente es importante es el Informe Técnico del Topógrafo= lo real.
Suele suceder que en las escrituras existan errores en superficie, ya que cuándo se midió la finca en su día se cometieron errores groseros.
No problem. Se hace una ampliación de cabida y asunto resuelto.
En cuanto al catastro, es meramente informativo, ya que la técnica utilizada (fotogrametría) es a escalas pequeñas (1/25000, 1/50000,etc) y el margen de error es grande.
En el juicio, el abogado presenta las alegaciones y es el perito el que explica los condicionantes.
Si el juez es inteligente tomará en cuenta la declaración del perito, que para eso está.
saludos |
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guaje
Registrado: 09 Abr 2006 Mensajes: 31 Ubicación: Asturiano en Madrid
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Publicado: Sab 16 Dic 2006, 23:02 Asunto: |
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Hola a todos:
Tengo un problema relacionado con lo que aquí exponéis, ya que mi padre tiene una finca rural por la cual paga los correspondientes impuestos, pero la sorpresa llega en el momento en el que vemos que en el recibo se paga por 8000 m2 y la finca tiene 4500m2 (estaba medida por mi) y en la escritura aparecen 3500m2.
Visto esto entro en la página del sigpac y veo que en el polígono y parcela que corresponde a la finca de mi padre incluyen 3 fincas colindantes como si todas formaran parte de la misma.
¿Alguien me podría orientar sobre el procedimiento a seguir para que solo nos cobren lo que realmente es nuestro?
Muchas Gracias y un saludo. |
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txus Moderador
Registrado: 30 Jun 2004 Mensajes: 3536 Ubicación: Andalucía - España
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Publicado: Dom 17 Dic 2006, 11:31 Asunto: |
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Guaje,
Hay que entregar el modelo 903, http://www.catastro.meh.es/esp/procedimientos1.asp#menu2
con el levantamiento que hiciste, mejor si va visado, y donde se muestre claramente los limites actuales y reales de vuestra finca. Todo ello referido al plano catastral vigente, donde se pueda apreciar la manifiesta diferencia.
Suerte.....  |
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txus Moderador
Registrado: 30 Jun 2004 Mensajes: 3536 Ubicación: Andalucía - España
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Publicado: Dom 17 Dic 2006, 11:46 Asunto: |
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| Antoniogupi1 escribió: | | PErdonad que lo diga asi pero es que me entra la risa cuando decis que el catastro esta hecho milimetricamente.... |
Evidentemente, como todo en la vida, existen errores, pero eso no quita que la tecnologia actual permite alcanzar una muy buena precision, solo que a veces los "operadores" de catastro, o bien no estan muy cualificados o bien han metido la pata. En cartesia se publico un articulo sobre la calidad de catastro, en este caso de urbana, http://www.cartesia.org/article.php?sid=266
| Antoniogupi1 escribió: |
La pregunta que quiero hacerles es si tienen experiencias en juicios y si el juez tiene en cuenta el catastro para delimitar ese camino ya que segun las escrituras los dos tenemos nuestro camino pero como no dice nada del tamaño si cerramos segun catasro y lo tiene en cuenta me quedo casi sin entrada 1m de anchura ademas para colmo los de carretera no dejan ensanchar la entrada. |
Un juez sabe que catastro como registro fiscal, no define linderos de derecho, y por tanto no considera estos linderos como validos. Otra cuestion es que si la descripcion de los linderos en el titulo de propiedad es vaga o inexacta, y no exista otro tipo de documentacion, puede considerar el catastro como referencia.
Mi experiencia en juicios sobre deslindes, es que solo si la descripcion literal del titulo de propiedad, y la realidad fisica coinciden y ademas con catastro, la sentencia puede ser favorable.
Por tanto en tu caso, yo intentaria modificar catastro con informe topografico y la escritura  |
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hastursan
Registrado: 17 Dic 2006 Mensajes: 1
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Publicado: Dom 17 Dic 2006, 17:22 Asunto: |
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Hola,
Tengo un problema parecido al que comentais. En mi caso es un terreno urbano de mis abuelos. Hace como unos 35 años que se construyeron un chalet en el pueblo en un terreno que tenían, pero dejaron un solar (450 metros) fuera del chalet para utilizar en un futuro. El problema fue cuando hara un par de años pidieron un permiso de obra para vallar el solar (para arreglarlo, hacer un jardín y darle algún uso). El ayuntamiento lo denegó porque al parecer según el catastro ese solar pertenecia al vecino de al lado (en el catastro aparece el solar dentro de su parcela).
A partir de entones a mis abuelos no han hecho más que marearlos y tomarles el pelo, siguen igual. El abogado, que ha pasado siempre del caso, no les soluciono gran cosa, tubieron que hacer ellos un monton de papelo, les envió del catastro al registro de la propiedad, otra vez al catastro... y ellos que ya tienen una edad y apenas si saben escribir no se enteran de casi nada.
El caso es que quiero intentar ayudarles, a ver si me podriais hechar una mano. Tanto en el registro de la propiedad como en las escrituras figuran 1250m, sin embargo en el catastro aparecen solo 800 y no incluye el solar, que lo han incluido en la parcela del vecino. Tienen un informe topográfico que indica que según el registro de la propiedad ese terreno les pertenece, además de la copia certificada del registro de la propiedad con todos los asientos desde que el mundo es mundo.
Me gustaría que me digeseis que pasos debo seguir y que documentación presentar. No creo que sea tan dificil, es un error claro del catastro y solo quiero que se modifique, llevan al menos dos años de cabeza de un lado para otro y no les solucionan nada.
Un saludo y gracias de antemano  |
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txus Moderador
Registrado: 30 Jun 2004 Mensajes: 3536 Ubicación: Andalucía - España
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Publicado: Dom 17 Dic 2006, 17:35 Asunto: |
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| hastursan escribió: | | ... Tanto en el registro de la propiedad como en las escrituras figuran 1250m, sin embargo en el catastro aparecen solo 800 y no incluye el solar, que lo han incluido en la parcela del vecino. Tienen un informe topográfico que indica que según el registro de la propiedad ese terreno les pertenece, además de la copia certificada del registro de la propiedad con todos los asientos desde que el mundo es mundo. |
Pues esto que remarco en negrita es definitivo
Porque digo yo.... quien es el ayuntamiento para decir quien es propietario de un solar?
El problema es que los ayuntamientos pueden hacer modificaciones catastrales, y claro siempre hay algun listillo
La solucion pasa por llevar el informe topografico con las correspondientes certificaciones registrales al Catastro y que modifiquen el "error", en caso contrario, supongo (no soy jurista) que habria que ir al juzgado.
Suerte...  |
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Topogigo
Registrado: 11 Oct 2006 Mensajes: 72
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Publicado: Lun 18 Dic 2006, 01:01 Asunto: |
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| Lo que dice txus, esta bien siempre que: ese informe topografico este hecho por un I.T. en topografia, que este colegiado y visado. Si no, hazlo así, y a ver quien pone pegas. Yo soy perito judicial, y si por la otra parte aparece un documento que no este visado, o no esta hecho por un I.T. en Topografia colegiado, le digo al abogado de mi parte que haga la consulta pertinente a la otra parte. De verdad, es un autentico lujo cuando puedes hacer esto. Despues solo queda que el juez lo quiera tener en cuenta o no, pero la pregunta sobre si el otro es o no es competente, a mí nunca me la hacen. Algo de vergüenza debe darles no. |
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